Reseña Histórica:
Fue promulgada el 05 de Noviembre
del año 1974 como Organismo rector de la Fiscalización y Control del Patrimonio
Estadal, es una empresa pública al servicio del Estado Bolívar y de todos los
Guayaneses. La Contraloría gozará de autonomía orgánica y funcional, y actuara
bajo la dirección y responsabilidad de un Contralor (a).
Desde su creación actúa en forma
técnica y apolítica, realizando sus funciones con objetividad e imparcialidad
vigilando que los fondos del estado sean invertidos de acuerdo a las normas
legales que lo regulan y en pro del Beneficio Público. Es un Órgano Autónomo e
Independiente encargado de realizar el control y la fiscalización de los actos
del Ejecutivo Regional, todo en conformidad con lo previsto en el artículo 163
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El ejercicio de la función de
fiscalización se encuentra establecido en las leyes, siendo la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela donde se dispone de forma precisa las
competencias de los Órganos de fiscalización como la Contraloría General de la
República y las Contralorías de cada Estado.
Estas funciones de control,
vigilancia y fiscalización están contempladas en el artículo 3 de la Ley
Orgánica de Contraloría del Estado Bolívar, y deberán ser ejercidas por el
Contralor y demás funcionarios de la misma, con la absoluta imparcialidad, en
estricto cumplimiento de las normas establecidas en la presente ley y al margen
de toda política partidista.
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